MÓDULOS 2020

 

Orden de módulos para 2020

Se desarrollan para 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

  • Boletín Oficial del Estado en nueva ventanaOrden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre,

    por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

     (BOE, 30-noviembre-2019) 
 
 
Nuevas magnitudes excluyentes de carácter general:
  • Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.

  • Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.

  • Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, superior a 250.000 euros.

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